Según establece la Constitución, son los poderes públicos los que tienen la obligación de mantener un régimen de Seguridad Social para proteger a los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones suficientes para cubrir situaciones de necesidad. Es por ello que, tradicionalmente, los Estados han establecido diversos sistemas de atención a los ciudadanos ante determinadas situaciones de necesidad. En España el sistema de seguridad social se estructura en tres niveles: - Nivel básico y no contributivo: este nivel otorga prestaciones a todos los sujetos en situación de necesidad por carencia de rentas, independientemente de que desarrollen actividad o no en algún sector productivo y de hayan contribuido o no al sistema. - Nivel profesional contributivo: protege a los sujetos en función de su adscripción a quellos colectivos que realizan una actividad concreta de trabajo y en relación el sector de producción en el que desarrollan su actividad, adcribiéndose de esta manera a cada sujeto a los distintos Régimenes de Seguridad Social, y siempre que supere determinadas exigencias. - Nivel complementario: que sería la protección de carácter privado, al que cada ciudadano pude acudir de manera voluntaria y como complemento a la protección pública. La Constitución del 78 reconoce que "la asistencia y prestaciones complementarias serán libres". |