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A modo de resumen y conclusión, podemos decir que:
- El resultado de la negociación colectiva (el CC) determina los criterios de regulación de las relaciones individuales de trabajo.
- Los CC son acuerdos entre empresarios y representantes de los trabajadores con valor normativo.
- El contenido de un CC debe respetar las normas de derecho absoluto, y los máximos y mínimos de las normas de derecho necesario relativo.
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