4 51 15 49
Los sindicatos son una institución cuyas funciones básicas son mejorar las condiciones de vida de los trabajadores, la representación de éstos y la función como agente social que participa en la negociación colectiva fijando, junto a los empresarios, condiciones laborales mínimas.
En diversas partes del mundo, aún se sigue luchando por el derecho de libertad sindical. En España, nuestra CE reconoce el derecho a la libertad sindical como Derecho Fundamental de la persona y goza de protección.
Los sindicatos han trabajado desde su creación para conseguir mejorar las condiciones de vida de los trabajadores defendiendo sus intereses.
Concepto y configuración jurídica del sindicato
La CE (1978) no da ninguna definición sobre el sindicato, sin embargo, en la doctrina se aúnan varias, entre las que destacan:
Los sindicatos tienen las siguientes características:
Los sindicatos son muy diversos, se clasifican de la siguiente forma:
Contenido de la libertad sindical
La CE (1978) ha reconocido el derecho a sindicarse libremente como un derecho fundamental para todos los españoles y residentes en España. En este sentido, se distingue ente derechos individuales y derechos colectivos.
Derechos individuales: Entre los derechos individuales, se encuentran:
Derechos colectivos: Entre los derechos colectivos, se encuentran:
El funcionamiento del sindicato se rige por las normas delimitadas en sus Estatutos que debe contener la siguiente información (LOLS, art. 4.2): denominación del sindicato, domicilio, ámbito territorial y funcional de actuación, órganos de representación, gobierno, administración y funcionamiento, requisitos y procedimientos para la adquisición y pérdida de la condición de afiliados, régimen de modificación de estatutos, fusión y disolución del sindicato, régimen económico de la organización, procedencia y destino de sus recursos, y los medios para conocer la situación económica por parte de los afiliados.
Principio de democracia sindical
El principio de democracia sindical pone de manifiesto dos características: prohibición del sindicalismo autoritario y la exigencia de la democracia interna para elegir libremente a los representantes.
Funcionamiento económico del sindicato
Los sindicatos necesitan recursos económicos para subsistir y realizar sus funciones. Estos recursos tienen distinta procedencia: unos son públicos y otros privados.
Recursos de procedencia privada: Los recursos de procedencia privada proceden de: la cuota sindical, el canon de negociación y representación, y de donativos y fruto de su patrimonio.
Recursos de procedencia pública: Los poderes públicos han aportado recursos públicos a los sindicatos por su labor de logro y mantenimiento de la paz social. La Ley de Presupuestos Generales del Estado incluye la correspondiente partida en este sentido (concediendo subvenciones y cesión de inmuebles).
Las secciones sindicales en la empresa. Los delegados sindicales
La acción sindical en la empresa se concreta con la existencia de secciones sindicales de empresa y de delegados sindicales.
Secciones sindicales: Las secciones sindicales están formadas por los trabajadores afiliados a un mismo sindicato en una empresa, o grupo de empresas. Éstos dispondrán de los mismos derechos que los de los trabajadores afiliados a un sindicato: podrán celebrar reuniones, recaudar cuotas, distribuir información sindical (fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de la empresa), recibir información de su sindicato, plantear conflictos colectivos y negociación colectiva.
(Las secciones sindicales de los sindicatos más representativos podrán también tener un tablón de anuncios en el centro de trabajo (para fijar avisos destinados a todos los trabajadores), podrán negociar convenios (dentro de lo establecido en su legislación concreta), y utilizar un local adecuado en el que poder desarrollar sus actividades, siempre que la empresa tenga más de 250 trabajadores.
Delegados sindicales: Los delegados sindicales son los representantes de las secciones sindicales en los comités de empresa o en los órganos de representación que se establezcan en las Administraciones Públicas, siempre que se superen los 250 trabajadores en la empresa.
Los delegados sindicales tienen los siguientes derechos otorgados por la LOLS:
El régimen jurídico sindical engloba la adquisición de la personalidad jurídica de los sindicatos y el régimen de responsabilidades.
Adquisición de la personalidad jurídica de los sindicatos: La legislación española exige para la fundación de los sindicatos que la voluntad funcional se plasme en un acta de constitución. La LOLS regula el mecanismo de adquisición de la personalidad jurídica. Los sindicatos han de depositar sus estatutos en la oficina pública (establecida al efecto) para adquirir la personalidad jurídica y la plena capacidad de obrar.
La oficina pública puede requerir a los promotores que subsanen los defectos observados (plazo 10 días). Posteriormente, la oficina podrá publicar el depósito o rechazarlo por faltar algún requisito. Así, el sindicato adquirirá personalidad jurídica y plena capacidad de obrar transcurridos los 20 días hábiles desde el depósito de los estatutos.
Régimen de responsabilidades: El régimen de responsabilidad sindical distingue entre:
La responsabilidad tiene la triple vertiente: penal (recaerá sobre las personas a quienes se imputen los delitos), Civil y Administrativa.
La tutela de la libertad sindical se ha regulado en la OIT, que dispone de procedimientos para el control de la libertad sindical.
Protección jurisdiccional
La LOLS regula el sistema de tutela de la libertad sindical. La libertad sindical es un Derecho Fundamental que goza de una protección máxima que permite defenderse de la agresión del mismo a través incuso del Recurso de Amparo. En la vía penal, las conductas antisindicales han sido tipificadas con castigados con penas de prisión.
Las conductas están tipificadas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) que son sancionables a propuesta de la Inspección de Trabajo y SS por la Administración del Estado o las CCAA competentes.
Son infracciones graves las siguientes:
Son infracciones muy graves las siguientes:
Las asociaciones de empresarios son asociaciones de carácter privado, de interés público que agrupan a empleadores individuales y sociales para defender los intereses que le son propios.
Para su creación, no se exige autorización administrativa previa. Es necesario que sus estatutos se depositen en la oficina pública correspondiente (Oficina Pública de Depósito de Estatutos), y publicarlo en el tablón de anuncios, en el Boletín Oficial de la Provincia, y en su caso, en el del Estado. Los estatutos contendrán como mínimo: la denominación, órganos de representación, administración y gobierno, recursos económicos y el sistema de admisión de miembros.
Estas asociaciones solo podrán ser suspendidas o disueltas mediante resolución judicial por ilicitud de ciertos actos. Las asociaciones empresariales y sus afiliados disfrutan de la protección legal para garantizar su independencia respecto a la Administración Pública, así como contra todo acto de injerencia de unas respecto a otras.
La CE reconoce como derecho fundamental la libertad sindical, desarrollándolo en la Ley de Libertad Sindical. Los sindicatos se configuran como una de las instituciones básicas del Estado español ya que luchan por conseguir una mejora de las condiciones laborales de todos los trabajadores. Las asociaciones de empleadores asumen el mismo papel que los sindicatos respecto de los empresarios.
La Ley ha reconocido a los sindicatos una posición política privilegiada en la sociedad ya que son instituciones de interés público que representan los intereses generales de los trabajadores, siendo interlocutores con empresarios y poderes públicos.