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54.7-EL CALENDARIO FISCAL



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Las obligaciones fiscales de la empresa tienen marcados unos plazos que son necesarios cumplir en cuanto al IRPF, al impuesto de sociedades, el IVA, y el impuesto de actividades económicas (IAE):

El IRPF dispone del siguiente calendario fiscal:

  • Declaración anual entre (2) mayo(30) junio.

  • Declaración de retenciones del IRPF durante los meses de enero, abril, julio y octubre.

  • Resumen anual en enero (20).

El impuesto de sociedades dispone del siguiente calendario fiscal:

  • Resumen anual en julio (1-25).

  • Pagos fraccionados en los meses de (1-20) octubre, diciembre y abril.

El IVA dispone del siguiente calendario fiscal:

  • Resumen anual en febrero (2-30).

Con respecto al Impuesto de Actividades Económicas (IAE), los plazos de liquidación dependen de los Ayuntamientos.