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37.6-CONCLUSIONES



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A modo de resumen y conclusión, podemos decir que:

  • La realidad del mundo laboral genera controversias entre trabajadores y empresarios. A veces, para solventar las diferencias entre ambos, se necesita recurrir a procesos específicos, incluyendo la intervención de terceros.
  • El derecho a huelga es un derecho individual ejercido de forma colectiva.
  • La normativa que regula el cierre patronal lo configura como una manifestación de poder del empresario mediante el que ejerce su labor de vigilancia y control para lograr conservar la productividad.