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32.4-FUNCIONAMIENTO DEL SINDICATO



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El funcionamiento del sindicato se rige por las normas delimitadas en sus Estatutos que debe contener la siguiente información (LOLS, art. 4.2): denominación del sindicato, domicilio, ámbito territorial y funcional de actuación, órganos de representación, gobierno, administración y funcionamiento, requisitos y procedimientos para la adquisición y pérdida de la condición de afiliados, régimen de modificación de estatutos, fusión y disolución del sindicato, régimen económico de la organización, procedencia y destino de sus recursos, y los medios para conocer la situación económica por parte de los afiliados.

Principio de democracia sindical

El principio de democracia sindical pone de manifiesto dos características: prohibición del sindicalismo autoritario y la exigencia de la democracia interna para elegir libremente a los representantes.

Funcionamiento económico del sindicato

Los sindicatos necesitan recursos económicos para subsistir y realizar sus funciones. Estos recursos tienen distinta procedencia: unos son públicos y otros privados.

Recursos de procedencia privada: Los recursos de procedencia privada proceden de: la cuota sindical, el canon de negociación y representación, y de donativos y fruto de su patrimonio.

  • Cuota sindical: es la cantidad de dinero que periódicamente aportan los afiliados del sindicato para el sostenimiento del mismo. Esta cuota es inembargable.
  • Canon de negociación y representación: Es una contribución de los trabajadores para costear los gastos de negociación del Convenio Colectivo.
  • Donativos y fruto del patrimonio.

Recursos de procedencia pública: Los poderes públicos han aportado recursos públicos a los sindicatos por su labor de logro y mantenimiento de la paz social. La Ley de Presupuestos Generales del Estado incluye la correspondiente partida en este sentido (concediendo subvenciones y cesión de inmuebles).