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25.3-CAPACIDAD PARA CONTRATAR



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Podrán contratar la prestación de su trabajo:

- Los que tengan capacidad plena de trabajar conforme a lo dispuesto en el Código Civil.

- Los jóvenes de entre 16-18 años que vivan de forma independiente, con el consentimiento de sus padres o tutores.

- Los extranjeros, acorde a lo dispuesto en la Ley de Extranjería (LEx).